lunes, 7 de septiembre de 2009
LA LEY Y EL RESPETO SON LAS CLAVES
Hoy toca recopilación, por lo que parece. Esto es leido en "Hoymujer", y la que escribe es Catedrática de Derecho Constitucional Europeo en la UNED: "LA LEY Y EL RESPETO SON LAS CLAVES La firma invitada. Yolanda Gómez Sánchez, Miembro del Comité de Bioética de España No hay conflicto en la regulación del diagnóstico preimplantacional, cuyo fin es la protección de la salud de la descendencia y que, por su carácter voluntario, no compromete ni vincula a quien, por profesar unas creencias morales diferentes, rechace estas técnicas. En una sociedad plural esta posición merece respeto, pero no habilita a los que la sostienen para pedir que sea la única opinión aceptable. Los derechos fundamentales permiten al sujeto demandar respeto en un ámbito concreto, pero no reivindicar que la sociedad adopte una única posición frente a un problema que puede condicionar la vida de muchas personas. Tampoco es objetable que se trate -como en el caso autorizado por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida de la paciente con el gen del cáncer de mama- de una probabilidad de padecer una enfermedad. La ley española prevé este tipo de autorización caso por caso y no es un mal sistema. Una sociedad plural debe abogar por promover los mayores espacios de libertad posibles y el respeto de valores y creencias diferentes. Respetable es que la ley arbitre la posibilidad de que se elimine o disminuya la incidencia de una enfermedad grave en la descendencia y respetable es también que quien rechace esta posibilidad pueda hacerlo libremente. En uno y otro caso, los poderes públicos tienen la misión de proteger el derecho a la salud y facilitar los recursos a quien los precise. La firma invitada. Yolanda Gómez Sánchez, Miembro del Comité de Bioética de España No hay conflicto en la regulación del diagnóstico preimplantacional, cuyo fin es la protección de la salud de la descendencia y que, por su carácter voluntario, no compromete ni vincula a quien, por profesar unas creencias morales diferentes, rechace estas técnicas. En una sociedad plural esta posición merece respeto, pero no habilita a los que la sostienen para pedir que sea la única opinión aceptable. Los derechos fundamentales permiten al sujeto demandar respeto en un ámbito concreto, pero no reivindicar que la sociedad adopte una única posición frente a un problema que puede condicionar la vida de muchas personas. Tampoco es objetable que se trate -como en el caso autorizado por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida de la paciente con el gen del cáncer de mama- de una probabilidad de padecer una enfermedad. La ley española prevé este tipo de autorización caso por caso y no es un mal sistema. Una sociedad plural debe abogar por promover los mayores espacios de libertad posibles y el respeto de valores y creencias diferentes. Respetable es que la ley arbitre la posibilidad de que se elimine o disminuya la incidencia de una enfermedad grave en la descendencia y respetable es también que quien rechace esta posibilidad pueda hacerlo libremente. En uno y otro caso, los poderes públicos tienen la misión de proteger el derecho a la salud y facilitar los recursos a quien los precise".
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