miércoles, 3 de junio de 2015
¿ Podemos obligar a los padres a vacunar a sus hijos ?
No podíamos dejar de comentar la
cuestión que está en boca de todos por la sorpresa que ha causado: El menor
enfermo de difteria como consecuencia de negarse sus padres a vacunarlo. Ello
me lleva de inmediato a recordar y tener muy presentes las palabras del
profesor Diego GRACIA cuando nos dice que “es muy frecuente confundir la ética con el
derecho, de tal manera que se suele identificar el análisis ético de un
determinado problema con su vertiente legal, lo que sería un grave error que
puede acarrear consecuencias muy negativas en el ámbito médico”,
La negativa a aceptar la
vacunación no es algo nuevo. La constitución de las primeras asociaciones en
contra de las vacunas surgió a mediados del siglo XIX. Por estas fechas -tras
el descubrimiento de la vacuna antivariólica y su posterior difusión- el
gobierno británico impuso la obligatoriedad de esta vacuna, lo que ocasionó
manifestaciones públicas por considerarla una medida contraria a las libertades
civiles, extendiéndose este tipo de movimientos a otros países europeos. Desde
finales del siglo XX se ha generalizado la tendencia a que el calendario
vacunal haya pasado de tener carácter obligatorio a ser recomendado por las
autoridades sanitarias, lo que no ha impedido que sigan existiendo diversos
grupos que mantienen una postura contraria a las inmunizaciones. Los argumentos
con 150 años de diferencia, observan numerosos puntos en común: falta de
eficacia de las vacunas para prevenir enfermedades, producción de enfermedades
desconocidas, introducción de elementos tóxicos en sus excipientes, inmunidad
transitoria, mero interés económico por parte de los laboratorios, avance hacia
un totalitarismo en el que el Estado impone a la Sociedad su forma de
entender la misma, o la simple alternativa de estimar con preferencia un estilo
sano de vida.
De esta realidad surge una
difícil cuestión: ¿Cómo deberían afrontar las autoridades sanitarias el
movimiento antivacunación? Una reacción pasiva podría ser interpretada como
poner en peligro la salud de la sociedad, mientras que un enfoque de mano dura
puede amenazar los valores de la libertad individual y de expresión.
¿Podría ser aceptable la
vacunación obligatoria en algunos casos en que los padres rehúsan vacunar a sus
hijos? Para resolver el problema se toman en consideración tres derechos que se
juzgan relevantes en este tema: los derechos de los niños a los cuidados de
salud y atención sanitaria; los derechos de los padres a criar a sus hijos de
acuerdo a sus propias normas; los derechos de la comunidad a ser protegida de
las enfermedades infecciosas que puedan prevenirse.
Debe primar el beneficio
individual o el de la comunidad, teniendo en cuenta que para conseguir ambos es
necesario alcanzar un alto nivel de cobertura en la vacunación, motivo por el
que los profesionales sanitarios insisten en llevar a cabo las inmunizaciones.
El derecho de cada individuo de una comunidad a ser protegido de las
enfermedades infecciosas en los casos previsibles no supone un argumento a
favor de la vacunación obligatoria, ya que la protección puede alcanzarse
mediante la inmunización de ese mismo individuo en la mayoría de los casos. En
la situación actual han disminuido notablemente las enfermedades infecciosas
previsibles (precisamente por el programa de vacunación), y el nivel de
inmunidad en la población es elevado en general.
Como nos recuerda Espíldora, cuando existe un grave riesgo
para la salud pública estaría justificado por parte de las autoridades
sanitarias que hicieran prevalecer el derecho de la comunidad sobre el derecho individual.
Esta actitud no lleva sólo a proteger la salud comunitaria en general, ya que
si un niño determinado presenta riesgo elevado de una infección severa y está
disponible una vacuna segura, el profesional podrá y deberá recurrir a la
autoridad para inmunizar al niño aunque no respete el derecho de elección de
los padres.
Es importante también poner en
consideración la forma de la obtención del consentimiento informado de los
padres para la inmunización de sus hijos, extendiéndose la cuestión de si los
padres reciben la información necesaria. En nuestra cultura
europeo-mediterránea pensamos que no es precisa la obtención de la firma de los
padres, lo que choca con la idea que se tiene en el mundo anglosajon y del
norte de Europa.
Los casos de retraso o
interrupción del proceso de inmunización están más relacionados con la
ignorancia y la desidia que con la ideología. Pero la creciente confluencia de
otras culturas y la intervención de los medios de comunicación no siempre
acertados en la difusión de noticias referentes a la salud como hemos podido
observar en España en los últimos meses con respecto al virus del ébola, nos
debe llevar a fijarnos en otras experiencias y no omitir la información y
atención cuidadosas sobre las vacunas, tanto al comienzo como durante el
desarrollo del calendario recomendado.
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