miércoles, 3 de junio de 2015

¿ Podemos obligar a los padres a vacunar a sus hijos ?

No podíamos dejar de comentar la cuestión que está en boca de todos por la sorpresa que ha causado: El menor enfermo de difteria como consecuencia de negarse sus padres a vacunarlo. Ello me lleva de inmediato a recordar y tener muy presentes las palabras del profesor Diego GRACIA cuando nos dice que “es muy frecuente confundir la ética con el derecho, de tal manera que se suele identificar el análisis ético de un determinado problema con su vertiente legal, lo que sería un grave error que puede acarrear consecuencias muy negativas en el ámbito médico”,

La negativa a aceptar la vacunación no es algo nuevo. La constitución de las primeras asociaciones en contra de las vacunas surgió a mediados del siglo XIX. Por estas fechas -tras el descubrimiento de la vacuna antivariólica y su posterior difusión- el gobierno británico impuso la obligatoriedad de esta vacuna, lo que ocasionó manifestaciones públicas por considerarla una medida contraria a las libertades civiles, extendiéndose este tipo de movimientos a otros países europeos. Desde finales del siglo XX se ha generalizado la tendencia a que el calendario vacunal haya pasado de tener carácter obligatorio a ser recomendado por las autoridades sanitarias, lo que no ha impedido que sigan existiendo diversos grupos que mantienen una postura contraria a las inmunizaciones. Los argumentos con 150 años de diferencia, observan numerosos puntos en común: falta de eficacia de las vacunas para prevenir enfermedades, producción de enfermedades desconocidas, introducción de elementos tóxicos en sus excipientes, inmunidad transitoria, mero interés económico por parte de los laboratorios, avance hacia un totalitarismo en el que el Estado impone a la Sociedad su forma de entender la misma, o la simple alternativa de estimar con preferencia un estilo sano de vida.

De esta realidad surge una difícil cuestión: ¿Cómo deberían afrontar las autoridades sanitarias el movimiento antivacunación? Una reacción pasiva podría ser interpretada como poner en peligro la salud de la sociedad, mientras que un enfoque de mano dura puede amenazar los valores de la libertad individual y de expresión.

¿Podría ser aceptable la vacunación obligatoria en algunos casos en que los padres rehúsan vacunar a sus hijos? Para resolver el problema se toman en consideración tres derechos que se juzgan relevantes en este tema: los derechos de los niños a los cuidados de salud y atención sanitaria; los derechos de los padres a criar a sus hijos de acuerdo a sus propias normas; los derechos de la comunidad a ser protegida de las enfermedades infecciosas que puedan prevenirse.

Debe primar el beneficio individual o el de la comunidad, teniendo en cuenta que para conseguir ambos es necesario alcanzar un alto nivel de cobertura en la vacunación, motivo por el que los profesionales sanitarios insisten en llevar a cabo las inmunizaciones. El derecho de cada individuo de una comunidad a ser protegido de las enfermedades infecciosas en los casos previsibles no supone un argumento a favor de la vacunación obligatoria, ya que la protección puede alcanzarse mediante la inmunización de ese mismo individuo en la mayoría de los casos. En la situación actual han disminuido notablemente las enfermedades infecciosas previsibles (precisamente por el programa de vacunación), y el nivel de inmunidad en la población es elevado en general.

Como nos recuerda Espíldora, cuando existe un grave riesgo para la salud pública estaría justificado por parte de las autoridades sanitarias que hicieran prevalecer el derecho de la comunidad sobre el derecho individual. Esta actitud no lleva sólo a proteger la salud comunitaria en general, ya que si un niño determinado presenta riesgo elevado de una infección severa y está disponible una vacuna segura, el profesional podrá y deberá recurrir a la autoridad para inmunizar al niño aunque no respete el derecho de elección de los padres.

Es importante también poner en consideración la forma de la obtención del consentimiento informado de los padres para la inmunización de sus hijos, extendiéndose la cuestión de si los padres reciben la información necesaria. En nuestra cultura europeo-mediterránea pensamos que no es precisa la obtención de la firma de los padres, lo que choca con la idea que se tiene en el mundo anglosajon y del norte de Europa.

Los casos de retraso o interrupción del proceso de inmunización están más relacionados con la ignorancia y la desidia que con la ideología. Pero la creciente confluencia de otras culturas y la intervención de los medios de comunicación no siempre acertados en la difusión de noticias referentes a la salud como hemos podido observar en España en los últimos meses con respecto al virus del ébola, nos debe llevar a fijarnos en otras experiencias y no omitir la información y atención cuidadosas sobre las vacunas, tanto al comienzo como durante el desarrollo del calendario recomendado.

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