lunes, 28 de noviembre de 2011

CARINE SE DEJA MORIR

Sé que no es ninguna novedad por cuanto ha sido comentadísimo este brillante artículo que tiene una principal virtud, cual es hacer pensar. Dejo para otro momento algún comentario al mismo. No dejen de leerlo. http://www.elpais.com/articulo/portada/Carine/deja/morir/elpepusoceps/20111120elpepspor_13/Tes

domingo, 20 de noviembre de 2011

LA ALTERNATIVA A LA EUTANASIA-ENCARNIZAMIENTO TERAPÉUTICO

Un periódico de los de mayor tirada en España viene realizando, en razón al período electoral, unas encuestas a personajes conocidos, cual si fuera una quiniela en las que aquéllos tienen que pronunciarse en una postura determinada. Entre las muchas preguntas que se realizan en tal sentido, aparece una que es la que me llama a realizar el presente comentario. El encuestado tiene que elegir entre “eutanasia” y “prolongación médica de la vida”. Esta pregunta nos revela todo un síntoma, lamentable. Un fracaso más a la hora de divulgar conceptos. La pregunta revela que si no se está en favor del encarnizamiento terapéutico es que se está en favor de la eutanasia. Sin mayores matices. Y es que todavía cuesta comprender que los términos a elegir no son términos contradictorios entre sí. Son ambas posturas radicales, pero no alternativas. La postura contraria en ambos casos es “cuidados paliativos”. Queda mucho por hacer entender a los defensores de las radicales posturas antes señaladas que no hay que elegir entre una y otra, sino que moviéndonos en un nivel distinto existe una posición que se encuentra más en sintonía con lo que tiene que ser la ardua labor del personal sanitario y lo que esperan los pacientes de los mismos. Se han definido eutanasia y el encarnizamiento terapéutico de muchas y distintas maneras, pero en ambas posturas existe una interpretación equivocada de lo que se busca con la misma, y entiendo, dicho esto, que nadie negará que se busca lo mejor para el paciente en ambas posturas. Eso es indudable, ya que si no estaríamos hablando de otra cosa. Pero esa radicalidad obedece precisamente a no entender que el médico, en el neopaternalismo que abogamos, debe asumir su responsabilidad no sólo técnica sino también espiritual y en consecuencia tomar conciencia de lo que se espera de él y no huir en un pretendido tecnicismo. Cierto es que le exigimos una gran preparación técnica, imperdonable si no la tuviera, pero no nos engañemos, queremos también algo más, y en momentos tan trascendentes como los cercanos a la muerte buscamos a alguien que nos acompañe y que cogiéndonos de la mano nos conduzca dulcemente por el camino sin retorno, sin empujarnos, sin retenernos.

jueves, 17 de noviembre de 2011

GUIA DE SEDACIÓN PALIATIVA (SECPAL-OMC)

INTRODUCCIÓN La Medicina Paliativa comenzó a desarrollarse en Reino Unido en la década de los sesenta y en España en los ochenta. Se trata, por lo tanto, de un área asistencial cuyo desarrollo científico es muy joven. A pesar de ello se han hecho avances importantes en todos los sentidos. Se han incrementado notablemente, sobre todo estos últimos años, el número de recursos específicos, la capacitación de profesionales y también la investigación. Se ha avanzado mucho en el control de los síntomas, aspecto clave en Medicina Paliativa y han aparecido nuevos fármacos, sobre todo analgésicos, que facilitan mucho el alivio del dolor al final de la vida. Sin embargo todavía hay algunos enfermos que, a pesar de todo, tienen en algún momento de la evolución de su enfermedad (oncológica o no), uno o más síntomas refractarios al tratamiento que le provocan un sufrimiento insoportable1. La necesidad de disminuir la conciencia de un enfermo en las horas anteriores de su muerte ha sido y es objeto de controversia, en sus aspectos clínicos, éticos, legales y religiosos. Además, quienes no conocen las indicaciones y la técnica de la sedación o carecen de experiencia en medicina paliativa, pueden confundirla con una forma encubierta de eutanasia. La mejor manera de afrontar los casos de petición de eutanasia y su aceptación social, es la correcta formación de los médicos y el desarrollo de los cuidados paliativos, de forma que ningún enfermo sufra innecesariamente al final de la vida. Por ese motivo, la OMC y la SECPAL han elaborado este documento que puede servir de guía para la buena praxis y para la correcta aplicación de la sedación paliativa. DEFINICIÓN La sedación paliativa es la disminución deliberada del nivel de conciencia del enfermo mediante la administración de los fármacos apropiados con el objetivo de evitar un sufrimiento intenso causado por uno o más síntomas refractarios. Puede ser continua o intermitente y su profundidad se gradúa buscando la el nivel de sedación mínimo que logre el alivio sintomático. La necesidad de sedación paliativa se puede estimar en torno al 20% de los pacientes atendidos por unidades de cuidados paliativos, aunque el rango en la bibliografía presenta amplias variaciones. La sedación paliativa en la agonía es la sedación paliativa que se utiliza cuando el enfermo se encuentra en sus últimos días u horas de vida para aliviar un sufrimiento intenso. En esta situación la sedación es continua y tan profunda como sea necesario para aliviar dicho sufrimiento. GLOSARIO DE TÉRMINOS Consentimiento informado La Ley 41/2002 de 14 de noviembre lo define en su artículo 3 como “la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud”. La autonomía es un derecho de los enfermos que el médico debe respetar. Evitar el paternalismo tradicional no debe conducir al abandono del paciente en la toma de decisiones, que ha de realizarse en el contexto de una relación clínica cooperativa. No debemos olvidar que el derecho del enfermo a recibir información clara y comprensible de su situación, tiene excepciones, como por ejemplo, cuando el enfermo renuncia al derecho a ser informado o cuando el médico, dadas las circunstancias personales del paciente, considera que le puede hacer más daño que beneficio. No tener en cuenta estos aspectos puede conducir a la “obstinación informativa” altamente indeseable por el daño que puede ocasionar. En las situaciones al final de la vida no se recomienda, sin embargo, la firma de ningún documento de consentimiento a la sedación paliativa, aunque es preceptivo que el proceso de toma de decisiones figure con el máximo detalle en la historia clínica del paciente. Enfermedad incurable avanzada Enfermedad de curso gradual y progresivo, sin respuesta a los tratamientos curativos disponibles, que evolucionará hacia la muerte a corto o medio plazo en un contexto de fragilidad y pérdida de autonomía progresivas. Se acompaña de síntomas múltiples y provoca un gran impacto emocional en el enfermo, sus familiares y en el propio equipo terapéutico. Enfermedad o situación terminal Enfermedad incurable, avanzada e irreversible, con un pronóstico de vida limitado a semanas o meses. Situación de agonía La que precede a la muerte cuando ésta se produce de forma gradual, y en la que existe deterioro físico intenso, debilidad extrema, alta frecuencia de trastornos cognitivos y de la conciencia, dificultad de relación e ingesta y pronóstico de vida limitado a horas o días. Se recomienda identificar y registrar en la historia clínica los signos y síntomas propios de esta fase. Síntoma refractario Aquel que no puede ser adecuadamente controlado con los tratamientos disponibles, aplicados por médicos expertos, en un plazo de tiempo razonable (y en la fase agónica, breve). En estos casos el alivio del sufrimiento del enfermo requiere la disminución de la conciencia. Síntoma difícil Se refiere a un síntoma que para su adecuado control precisa de una intervención terapéutica intensiva, más allá de los medios habituales, tanto desde el punto de vista farmacológico, instrumental y/o psicológico. A la hora de tomar decisiones terapéuticas que contemplan la sedación paliativa es esencial diferenciar el síntoma difícil del síntoma refractario. Cuidados paliativos Conjunto coordinado de intervenciones sanitarias dirigidas, desde un enfoque integral a la promoción de la calidad de vida de los pacientes y de sus familias, afrontando los problemas asociados con una enfermedad terminal mediante la prevención y el alivio del sufrimiento así como la identificación, valoración y tratamiento del dolor, y otros síntomas físicos y psicosociales. INDICACIONES DE LA SEDACIÓN PALIATIVA La sedación se ha de considerar actualmente como un tratamiento adecuado para aquellos enfermos que son presa de sufrimientos intolerables y no han respondido a los tratamientos adecuados. La necesidad de sedar a un enfermo en fase terminal obliga al médico a evaluar los tratamientos que hasta entonces ha recibido el enfermo. No es aceptable la sedación ante síntomas difíciles de controlar, cuando éstos no han demostrado su condición de refractarios. Las indicaciones más frecuentes de sedación son las situaciones extremas de delirium hiperactivo, nauseas/vómitos, disnea, dolor, hemorragia masiva y ansiedad o pánico, siempre que no hayan respondido a los tratamientos indicados y aplicados correctamente durante un tiempo razonable. La sedación no debe instaurarse para aliviar la pena de los familiares o la carga laboral y la angustia de las personas que lo atienden, ni como “eutanasia lenta” o “eutanasia encubierta” (no autorizada por nuestro código profesional ni por las leyes actualmente vigentes). Para evaluar, desde un contexto ético-profesional, si está justificada la indicación de la sedación, es preciso considerar los siguientes criterios: 1. La aplicación de sedación paliativa exige del médico, la comprobación cierta y consolidada de las siguientes circunstancias: a. Que existe un sufrimiento intenso causado por síntomas refractarios. b. Que el enfermo o, en su defecto la familia, ha otorgado el adecuado consentimiento informado de la sedación paliativa. c. Que el enfermo ha tenido oportunidad de satisfacer sus necesidades familiares, sociales y espirituales. 2. En el caso de la sedación en la agonía se requiere, además, que los datos clínicos indiquen una situación de muerte inminente o muy próxima. Si tuviera dudas de la citada indicación, el médico responsable deberá solicitar el parecer de un colega experimentado en el control de síntomas. Además el médico dejará constancia razonada de esa conclusión en la historia clínica, especificando la naturaleza e intensidad de los síntomas y las medidas que empleó para aliviarlos (fármacos, dosis y recursos materiales y humanos utilizados) e informará de sus decisiones a los otros miembros del equipo asistencial. Como en cualquier otro tratamiento se debe realizar una evaluación continua del nivel de sedación en el que se encuentra y necesita el enfermo. Se recomienda para este fin la escala de Ramsay (Tabla I). En la historia clínica y en las hojas de evolución deberán registrarse con el detalle necesario los datos relativos al ajuste de las dosis de los fármacos utilizados, a la evolución clínica de la sedación en la agonía y a los cuidados básicos administrados. Tabla I: Evaluación sistemática del nivel de sedación con la escala de Ramsay: Nivel I Agitado, angustiado Nivel II Tranquilo, orientado y colaborador Nivel III Respuesta a estímulos verbales Nivel IV Respuesta rápida a la presión glabelar o estímulos dolorosos Nivel V Respuesta perezosa a la presión glabelar o estímulos dolorosos Nivel VI No respuesta Es un deber deontológico abordar con decisión la sedación en la agonía, incluso cuando de ese tratamiento se pudiera derivar, como efecto secundario, una anticipación de la muerte. El inicio de la sedación paliativa no descarga al médico de su deber de continuidad de los cuidados. Aunque esta sedación pueda durar más de lo previsto inicialmente, no pueden suspenderse los cuidados básicos e higiénicos exigidos por la dignidad del moribundo, por el cuidado y el aseo de su cuerpo. Igualmente, es necesario transmitir a la familia que el enfermo adecuadamente sedado no sufre. SEDACIÓN O EUTANASIA La Ética y la Deontología Médica establecen como deberes fundamentales respetar la vida y la dignidad de todos los enfermos, así como poseer los conocimientos y la competencia debidos para prestarles una asistencia de calidad profesional y humana. Estos deberes cobran una particular relevancia en la atención a los enfermos en fase terminal, a quienes se les debe ofrecer el tratamiento paliativo que mejor contribuya a aliviar el sufrimiento, manteniendo su dignidad, lo que incluye la renuncia a tratamientos inútiles o desproporcionados de los que sólo puede esperarse un alargamiento penoso de sus vidas. Existe una clara y relevante diferencia entre sedación paliativa y eutanasia si se observa desde la Ética y la Deontología Médica. La frontera entre ambas se encuentra en la intención, en el procedimiento empleado, y en el resultado. En la sedación se busca disminuir el nivel de conciencia, con la dosis mínima necesaria de fármacos, para evitar que el paciente perciba el síntoma refractario. En la eutanasia se busca deliberadamente la muerte anticipada tras la administración de fármacos a dosis letales, para terminar con el sufrimiento del paciente. PROCEDIMIENTO Es recomendable que la sedación se lleve a cabo en el lugar en que está siendo atendido el enfermo, ya sea en el hospital o en el domicilio y que sea aplicada por su médico. En el caso de que éste no se considere capacitado para ello, solicitará la ayuda a un equipo de cuidados paliativos o a un médico con la suficiente experiencia para ello. ( . . . ) EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO Tras la iniciación de la sedación, las recomendaciones se pueden agrupar en tres7: 1. Revisar periódicamente el nivel de sedación según la Escala de Ramsay (tabla 1): movimientos espontáneos faciales o corporales, repuesta a estímulos (despertar tranquilo o angustiado, movimientos erráticos). 2. Evaluar y dejar constancia en la historia clínica de la evolución: temperatura, secreciones, frecuencia respiratoria, diámetro pupilar. 3. Evaluar constantemente el estado emocional de la familia, dejando también constancia en la historia clínica. Proporcionar siempre presencia, comprensión, disponibilidad y privacidad (habitación individual). CONCLUSIÓN La sedación paliativa implica, para el enfermo, una decisión de profundo significado antropológico: la de renunciar a experimentar conscientemente la propia muerte. Tiene también para su familia importantes efectos psicológicos y afectivos. Tal decisión ha de ser resultado de una deliberación sopesada y una reflexión compartida acerca de la necesidad de disminuir el nivel de conciencia del enfermo como estrategia terapéutica. Además, la sedación ha de estar siempre bien indicada y bien efectuada, siendo los elementos fundamentales el consentimiento, la administración de fármacos a dosis adecuadas, y la evaluación. Madrid, 29 octubre 2011

viernes, 14 de octubre de 2011

SOBRE LA ENCUESTA DE LA PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS

Es lugar común decir que en España existe una gran educación sexual pero que carecemos de una educación sobre la reproducción. Parece incluso que se quisiera confundir ambas. Es decir, enseñamos a nuestros jóvenes a dar y recibir placer, pero sin embargo parecen desconocer – sobre todo en los primeros años de inicio a la sexualidad - las implicaciones y responsabilidades de dichos actos en el ámbito de la reproducción humana y de la salud. Cuando surgió la píldora del día después – PDD – muchos celebramos tal acontecimiento, por cuanto era un adelanto incuestionable que permitía obviar consecuencias no deseadas de hechos deleznables. Pensábamos, por ejemplo, por deformación profesional, en supuestos de agresiones sexuales, donde cupiera la posibilidad de que la agredida quedase encinta. Pero, de igual modo, temíamos el uso indiscriminado de la misma sobre todo al conocer que se iba a dispensar sin ningún tipo de control sanitario. Pensábamos igualmente en tantos años de campaña institucional a favor del uso del preservativo que se podían tirar por la borda como consecuencia de la facilidad manifiesta en el uso de un método que iba a obviar el incomodo “condón”. No se iba a reparar, en determinados supuestos, en no llevar encima una “gomita” puesto que el problema, surgiera o no, se podía arreglar a posteriori, sin más problema que el “corte” de acudir a una farmacia. Y pensábamos además en aquéllos sectores más vulnerables como es el de los adolescentes, donde todo es desconocimiento y temor. A esas edades, y me parece una obviedad el decirlo, es más el temor a quedarse embarazada que a las enfermedades de transmisión sexual. Se manifestó hasta la saciedad que la PDD era una bomba hormonal y que su uso indiscriminado era contraproducente en la mujer. Amén de que, una vez más, volvía a ser la mujer la encargada de de la responsabilidad en la reproducción. Estas y más cuestiones se planteaban ante la novedad surgida con la PDD. Hace pocas fechas (septiembre 2011) se ha publicado el “ESTUDIO POBLACIONAL SOBRE USO Y OPINIÓN DE LA PÍLDORA POSTCOITAL” promovido por la Sociedad Española de Contracepción, que tiene por objeto analizar el conocimiento, las opiniones y el uso que la población femenina de 14 a 50 años de edad tiene respecto a la PDD. Son muchas las conclusiones que se alcanzan, pero también muchas las matizaciones que se pueden realizar. En primer lugar nos parece poco adecuado el espectro de grupos de edades que se utiliza en la encuesta. Pongo por ejemplo que a la pregunta “¿ha utilizado usted alguna vez la PDD?”, los grupos de edad son de 14 a 24, de 25 a 35, y de 35 a 50. Una de las cuestiones principales que se planteaban con la píldora postcoital era la referida a su consumo por parte de las menores de edad, y se basaba esto en que a edades tempranas coexistían el miedo, la ignorancia, la bisoñez, en fin… la juventud. Es por ese motivo que meter dentro de un mismo grupo a una chica de 14 con una mujer de 25 me parece trastocar los resultados, puesto que en un caso como este habría que matizar muchísimo más. Dicho de otro modo, sería más consecuente, para conocer de verdad cuál es la incidencia de su consumo en el inicio de las relaciones sexuales haber establecido un grupo de edad más temprano, de 14 a 18 por ejemplo, que sería más real con lo que queremos conocer del consumo inicial de la PDD. En fin, poner dentro del mismo grupo a mujeres de tan amplio segmento es alterar los resultados. Una mujer de 24 años está más “cerca” de una mujer de 30 que de una de 14 en lo que respecta a este asunto. En consecuencia se echa en falta conocer de verdad cuáles son esos resultados en las primeras edades. Es más, lo antedicho sería consecuente con la primera cuestión relativa a “¿a qué edad empezó a tener relaciones sexuales?”, en la que el espectro de edad de 14 a 20 años representa prácticamente el 70%. No hacer esta matización – y es rasgo común de toda la encuesta - puede llevar a equívocos en las conclusiones, y es que desde nuestro punto de vista es en los primeros años de actividad sexual cuando puede haber una mayor confusión, miedo y desconocimiento, y por tanto es el momento en el que pueden surgir los problemas en su consumo. Otro aspecto a destacar es el relativo al conocimiento y utilización de la PDD, puesto que del 86,6 % que la ha utilizado un 16 % lo hizo por lo siguiente: “No usé el preservativo en esta ocasión, aunque lo suelo usar”, si bien el comentario que se realiza en la encuesta es que “… hay que destacar que en general el uso de la PDD no está ligado al mantenimiento de relaciones sexuales sin método anticonceptivo”. Cierto que, afortunadamente, no es una mayoría, pero no me parece nada despreciable que 16 de cada 100 mujeres no usara el preservativo, cuando lo suele usar. La pregunta consecuente que se echa de menos sería si no lo utilizaron en la confianza de que existía la PDD, es decir si lo utilizaron como método anticonceptivo de cabecera. Igualmente volvemos a echar en falta una mayor matización en el espectro de edad, puesto que preguntar “¿cuántas veces ha utilizado usted la PDD en los últimos 12 meses?” se toma como base el total de mujeres de 14 a 50 años. Es necesario conocer esta respuesta en las primeras edades, en que se supone – repetimos - menos información y más aprensión y miedo. Con respecto a las opiniones y actitudes respecto a la PDD, y a la pregunta “¿cree usted que la PDD es un método anticonceptivo habitual?”, nada menos que el 33,3 % piensa que sí lo es, siendo mayor esta opinión en el segmento de 14 a 24 años (35 %). Hay que destacar también que la creencia de que la PDD es abortiva se sitúa por encima del 50 % de las mujeres en todos los tramos de edad. Aquí hay que matizar que esta respuesta va en consonancia con la pregunta, polémica en la doctrina, de si el embarazo comienza con la fertilización o con la gestación. Así sea nuestra respuesta así será nuestra opinión respecto al carácter abortivo de la PDD. Importante es conocer las opiniones respecto a la libre dispensación de la píldora, puesto que la tercera parte de las mujeres se muestra contraria a su dispensación gratuita, y de los dos tercios restantes la tercera parte condicione la misma a que se tenga más de 16 años. Estos aspectos apuntados resaltan efectivamente que la dispensación de la PDD no deja de ser polémica, y que es necesario realizar una encuesta específica para los primeros segmentos de edad, al menos de 14 a 20 años que es el grupo en que se concentran las primeras experiencias sexuales. Conocer la verdadera incidencia de la PDD en la población femenina española requeriría aproximarnos más a aquéllos grupos de edad más vulnerables y necesitados de comprensión, ayuda y orientación. No hay que intentar justificar nada, sino ser eficaces.

jueves, 22 de septiembre de 2011

UNA NOTICIA QUE NO ES NOTICIA

Como era de esperar ha tenido una gran repercusión en los medios de comunicación el caso de Doña Ramona Estévez. Y una vez más se ha buscado politizar la noticia. Lo importante es poner el énfasis en aquéllos aspectos que pueden dar razón a unos o a otros. Atrás se deja el conocimiento, la discusión, el cuestionamiento ético, en fin todo aquello que nos sirva para ahondar en el problema y al menos – ¡qué menos!- hablar con conocimiento de causa. La noticia ha sido titulada de diversas maneras: “la ley de muerte digna se aplica por primera vez a una paciente don daño cerebral irreversible” (elplural.com), “obligado un hospital por primera vez a quitar la sonda a una enferma” (elpais.com), “Salud obliga a un hospital de Huelva a aplicar la ley de muerte digna con una enferma” (efe, el mundo.es), “aval para la muerte digna de Ramona” (EL PAIS), “el obispo insta a la sociedad a que ayude a vivir a la anciana” (huelvainformacion.es). Desde nuestro punto de vista, ninguno de estos titulares, dice la verdad, tampoco en el cuerpo de la noticia. Al menos la verdad completa, sólo la parte que interesa para aplauso de sus seguidores, que ya saben de antemano lo que van a leer. En fin, como se ve, y era de esperar, una polémica instalada en la sociedad que ha trascendido una vez más. Doña Ramona falleció a los 14 dias de retirarle la alimentación e hidratación. No consta si la muerte fue por este motivo o por razón de su patología. Sólo una pausada reflexión puede llevarnos a un verdadero acercamiento al problema. Conocer de qué estamos hablando es el requisito indispensable para tener una opinión formada. Aunque esté equivocada. En el caso presente se carece de una información suficiente, pues nos limitamos a lo que expresan los medios de comunicación social. La situación clínica de la paciente es fundamental para orientarnos. Pese a ello, y quizá precisamente por ello, es exigible recordar diversos conceptos previos. En primer lugar se hace necesario diferenciar la muerte clínica, que entendemos es la verdadera, de la muerte biológica, que puede posponerse a aquélla, y más allá de sus límites naturales, manteniendo, artificialmente, una vida inviable a través de la llamada reanimación de dos funciones vitales, la respiratoria y la cardiaca, y ello a pesar del coma irreversible del paciente, cuyo cerebro carece de actividad. A la vista de lo expresado es fundamental conocer en qué situación se encontraba la paciente. Obviamente, si estuviera muerta clínicamente, lo que no consta, no habría dilema, puesto que efectivamente sólo se mantendría una vida biológica. Lo que ha trascendido es que aparentemente se encuentra en un proceso irreversible, irrecuperable. Pero esto ¿que significa? Volvamos al concepto. Podemos entender por enfermedad terminal, aquella enfermedad incurable y progresiva con posibilidades limitadas de respuesta al tratamiento especifico, asociada a la presencia de síntomas múltiples; con importante impacto emocional tanto en el enfermo, como en la familia e incluso en el equipo sanitario y que condiciona un pronóstico de vida limitado. La toma de decisiones ante el enfermo terminal suele ser siempre difícil y ha de basarse necesariamente en la evaluación de la extensión global de la enfermedad; el estado general previo del enfermo; la situación sintomática; las posibilidades reales de respuesta terapéutica y el pronóstico previsible una vez establecidas las medidas terapéuticas (IRURZUN). La agonía más que un síntoma de los enfermos en fase terminal constituye la última fase de su enfermedad que abarca desde las últimas horas hasta los 3-5 últimos días según los diversos autores (aunque a veces este período puede ser más largo) y que se define como el estado de dolor, lucha y sufrimiento que padecen las personas antes de morir de aquellas enfermedades en las que la vida se extingue gradualmente. En esta situación se produce un deterioro progresivo de las funciones físicas, biológicas, emocionales y de relación con el entorno consecuencia de la evolución de su enfermedad. La hidratación por sonda nasogástrica o por vía endovenosa es habitualmente beneficiosa para un enfermo terminal, puesto que se contribuye al bienestar del paciente; sin embargo en el caso del paciente agónico, que normalmente es incapaz, la hidratación no aporta beneficios, y se convertirá en un cuidado extraordinario, por lo que se aboga claramente por su suspensión cuando se está ya en un proceso irreversible. Lo antedicho no es un tema controvertido, al contrario, podemos decir que es pacífico en la doctrina desde hace mucho tiempo, partiendo obviamente que nos encontremos en una situación efectivamente irreversible. ¿ Es posible que en este caso nos hallamos encontrado, lo que es habitual, con personal médico que por ignorancia/miedo/soberbia (táchese lo que no proceda) no ha tomado una decisión que quizá tenía que estar muy clara? Ni siquiera podríamos recurrir siquiera al recurso fácil de criticar una postura radical cristiana – que desde la distancia, respeto mucho -, puesto que hasta la Congregación para la Doctrina de la Fe – otrora llamada Santa Inquisición - en su Declaración de 5 de mayo de 1980, dice que "es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que producirían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia... (máxime cuando a veces) las técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que se puedan obtener de los mismos". Y puede ser obligación moral cuando con la aplicación de tales medios extraordinarios o desproporcionados sólo se consigue lo que la medicina francesa llama "encarnizamiento terapéutico", que instrumentaliza al ser humano (Juan Pablo II, a la "Academia Pontificia de Ciencias", 23-X-1982), cuya dignidad es preciso "proteger en el momento de la muerte... contra un tecnicismo que corre el riesgo de ser abusivo" (Juan Pablo II, 22-VII-1982). En la ortotanasia no hay eutanasia, ni positiva (porque el médico no acelera positivamente la muerte del paciente), ni negativa (porque no priva al paciente de los cuidados ordinarios) En la ortotanasia sólo se priva al paciente de los medios extraordinarios, los cuales más que prolongar razonablemente la vida serían una tentativa desesperada y hasta cruel de prolongar la muerte". En tales casos, porque no se mata, no se hace morir, no hay más que una "aceptación de la condición humana" y un dejar hacer a la Naturaleza, contra la cual la lucha se hizo imposible (MARCOZZI). Es más, visto lo anterior, no habría hecho falta recurrir a la tan citada ley andaluza (Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte: “Artículo 8. Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención. 1. Toda persona tiene derecho a rechazar la intervención propuesta por los profesionales sanitarios, tras un proceso de información y decisión, aunque ello pueda poner en peligro su vida. Dicho rechazo deberá constar por escrito. Si no pudiere firmar, firmará en su lugar otra persona que actuará como testigo a su ruego, dejando constancia de su identificación y del motivo que impide la firma por la persona que rechaza la intervención propuesta. Todo ello deberá constar por escrito en la historia clínica”), y ni siquiera a la ley 41/2002, que ya lo regulaba (art. 2.4: “todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito”) tal como indica incluso la primera (Artículo 18. Deberes respecto a la toma de decisiones clínicas. 1. El médico o médica responsable, antes de proponer cualquier intervención sanitaria a una persona en proceso de muerte, deberá asegurarse de que la misma está clínicamente indicada, elaborando su juicio clínico al respecto basándose en el estado de la ciencia, en la evidencia científica disponible, en su saber profesional, en su experiencia y en el estado clínico, gravedad y pronóstico de la persona afecta. En el caso de que este juicio profesional concluya en la indicación de una intervención sanitaria, someterá entonces la misma al consentimiento libre y voluntario de la persona, que podrá aceptar la intervención propuesta, elegir libremente entre las opciones clínicas disponibles, o rechazarla, en los términos previstos en la presente Ley y en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre). Bastaba el sentido común. Aunque ya sé que corren malos tiempos para este sentido. Quedan muchas preguntas en el aire dadas las limitaciones de las noticias extraídas de los medios de comunicación, quizá una de las más interesantes es saber si hubo, al menos la posibilidad, de consultar el Comité de Ética Hospitalaria, caso de que existiese.